en moneda, oro y otras prendas ricas i de mucha
consideraçión... I toda la dicha cantidad se la e gasta-
do y distribuido en el remedio de mis neseçidades y
criança y casamientos de mis ijos.... i peltrechos de la
labor que tengo.”
6.000 ducados representaban una verdadera fortu-
na; y parece que Alonso, desde el regreso de su hija,
se procuró una vida placentera a costa de las riquezas
de Ana, que “le tengo en mi casa i es donçella”; unas
riquezas que Alonso consumió casi por entero.
Compensaba Alonso un remoto sentimiento
de culpa con la autoridad que le confería la patria
potestad y las desigualdades de género del patriarcado,
pues de haber sido Ana un hijo varón, aunque soltero,
Alonso no se hubiera permitido tomar y disponer tan
fácilmente de las riquezas de su hijo; aunque también
un hijo varón se hubiera emancipado y tomando ini-
ciativas propias respecto a sus bienes.
Como si se tratara de una reparación, Alonso man-
da en su testamento, para su hija Ana, algo que en
realidad pertenecía a ésta: “una haça de tierra calma
que tengo en el ruedo de esta billa, que alinda con...
el camino real que ba a Granada... y la pagué con el
caudal de la dicha mi hija”; haza que tuvo un costo de
100 ducados.
Tras la muerte de su padre, y desde el año 1688 hasta
el de 1712, Ana de Raya estuvo sirviendo en casa del
mencionado D. Francisco Ruiz de Rozas, beneficiado
de la Iglesia de Íllora, ejerciendo su antigua profesión
de criada, que era la mayoritariamente desempeñada
por las mujeres solteras que carecieran de recursos
propios suficientes para vivir de las rentas. Pero en la
relación de ocupantes de la vivienda del sacerdote se
identifica a Ana con el apodo de “La Yndiana”, o “Ana
Yndiana, doncella.”
El acta de defunción de Ana de Raya es de fecha
11/11/1712, y prácticamente un año después falleció
el sacerdote D. Francisco Ruiz de Rozas.
Como dije anteriormente, D. Francisco, en su testa-
mento, declaraba por una parte, que
“Ana de Raia, vecina que fue desta villa, a el tiempo
que murió me mandó una guerta que tenía en esta
villa, en el Callejón de las Guertas... con el cargo de
que la enterrase y le digese las misas que fuese mi
boluntad. Y le tengo hecho su entierro mayor y dicho
diferentes misas por su alma y intençión...”
Y por otra parte, que tenía en su poder 1.500 reales
de una memoria “de D. Juan Osorio Crespo, secre-
tario que fue de la Ynquisiçión de México, y no se a
ynpuesto dicha memoria.”
Entonces, Francisco Ruiz de Rozas concibió la idea
de unificar los dos asuntos, vinculando el cumplim-
iento de la memoria de Juan Osorio Crespo con el
huerto que recibiera de Ana de Raya, la Indiana, situ-
ando sobre el huerto los 1.500 reales y asegurando,
con su producto, el cumplimiento de la fiesta a la Pu-
rísima Concepción que D. Juan Osorio mandara.
Y he aquí la curiosa coincidencia de que la huerta
Jordi Savall
18